BIEN INMUEBLE EN PROINDIVISO URBANIZACIÓN PUERTA DE HIERRO

FICHA SUPUESTO DE HECHO

ÁREA DE PRÁCTICA:

Derecho inmobiliario

CONTENIDO LEGAL:

Extinción bien inmueble en proindiviso

FECHA INICIO:

07/02/2018

FECHA RESOLUCIÓN:

13/09/2018

Antecedentes de hecho


Ubicado en una de las urbanizaciones más lujosas de la capital española, este bien inmueble en proindiviso en Puerta de Hierro estaba siendo fuente de innumerables conflictos entre Helena, Marcos y Alejandro.

Los hermanos Atienza habían heredado de su padre la propiedad del bien inmueble, no siendo hasta el fallecimiento de su madre Mercedes (la usufructuaria de la vivienda) cuando las disputas entre las partes comenzaron a hacerse insostenibles.


Alejandro (el hermano pequeño de la familia) consideraba que, si vendían esta propiedad, él debía recibir una cuantía mayor a modo de compensación ya que, con su padre en vida, este otorgó a sus hijos Marcos y Helena dos pisos ubicados en el barrio de Chamberí en la misma proporción de propiedad, es decir, al 50%.



El cabeza de familia (su padre, también llamado Alejandro) era una persona conservadora en lo que a temas jurídicos se refería, considerando lo mejor “arreglar la futura herencia en vida” y dejando el menor número de quebraderos de cabeza a su núcleo familiar sobre el reparto de la herencia.

Y aunque tenía tres hijos, a su hijo Alejandro no le cedió su parte proporcional en estos otros dos pisos ya que, en aquellos momentos, el pequeño de la familia atravesaba graves problemas con la Agencia Tributaria.

Un embargo de su parte podría haber implicado la venta en pública subasta para saldar la deuda con la entidad lo que, a posteriori, hubiera dado lugar a la pérdida de la totalidad de los bienes inmuebles por parte de sus otros dos hijos.

Por ello, apostó por no ceder nada a su hijo en relación a estos inmuebles, algo que con el tiempo probablemente Alejandro no supo entender correctamente y generó en su percepción de la historia una serie de creencias irracionales carentes de algún tipo de fundamento jurídico, pero las cuales una y otra vez eran repetidas como consignas de venta a sus otros dos hermanos Marcos y Helena.



Observaciones de nuestro equipo


El desgaste emocional para ellos había alcanzado cotas de dolor nunca antes imaginables, si bien siendo honestos la relación con su hermano Alejandro nunca fue del todo idónea antes de que este asunto familiar finalmente estallara por los aires.

Más allá de la venta de la casa (la cual si hubiese existido una razón justificada ambos hermanos no hubiesen tenido inconveniente en posponer uno o dos años) parte del conflicto radicaba en una serie de gastos que sí debían abonar a partes iguales, sintiendo que lo hacían a fondo perdido pues, a efectos prácticos, ya nadie quería seguir disfrutando de esta propiedad.

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Pero como Alejandro se negaba a la venta, y además tampoco se hacía cargo en exclusiva de los gastos que rodeaban el mantenimiento del bien inmueble, Marcos y Helena contactaron con nuestro equipo por mediación de un conocido suyo que ya había trabajado en el pasado con nuestro despacho de abogados con el objetivo de poner fin de una vez por todas a este problema familiar



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Resolución del supuesto de hecho

El primer paso por parte de nuestro equipo fue proceder al envío de un burofax (artículo 395 Ley 1/2000 del 7 de Enero) a Alejandro ofreciéndole las dos opciones para extinguir la relación jurídica existente, siendo estas que comprase la parte de Marcos y Helena a precio de mercado o, en caso de no tener dinero para poder hacerlo, vender el inmueble mediante los servicios de una agencia inmobiliaria.

A efectos prácticos, el objetivo de esta comunicación era que Alejandro firmase la hoja de encargo de una inmobiliaria con la que Marcos y Helena ya habían hablado previamente, puesto que ambos hermanos eran conscientes de que su hermano pequeño no tenía suficiente dinero para adquirir el 66% de la vivienda objeto de conflicto (la cual tenía un precio de casi de 1.100.000€).


No obstante, desde un punto de vista estrictamente jurídico es requisito lógico ofrecer previamente a un copropietario nuestra parte de la vivienda, con el objetivo de obrar de buena fe a lo largo del procedimiento y que dicho requerimiento pueda ser prueba fehaciente a incorporar en la elaboración de la demanda si llegado el caso fuese necesario proceder a la interposición de la misma.



Y tras recibir el burofax, y dejando pasar 15 días para hablar con el abogado de su empresa, el despacho de Alejandro se puso en contacto con nuestro equipo para llegar a un acuerdo en la venta de este bien inmueble en proindiviso ubicado en la urbanización de Puerta de Hierro en la Comunidad de Madrid.



Otros aspectos a tener en cuenta



Lejos de pensar que este tipo de problemas jurídicos serán siempre así de fáciles de resolver, es importante que visualices esta historia desde otra perspectiva y entiendas 3 aspectos de carácter personal que sí suelen contribuir a una rápida resolución de un conflicto de estas características, similar al que quizás tú ahora mismo también podrías estar viviendo:


ASESORAMIENTO DE LA PARTE CONTRARIA

Las consecuencias económicas que hubiese tenido para Alejandro la subasta de este bien inmueble en proindiviso en Puerta de Hierro sobre el que ostentaba el 33% del derecho de propiedad hubiesen sido del todo nefastas para él.

De hecho, si quieres conocer más a fondo hasta dónde podrían haber alcanzado la dimensión de las mismas, a continuación te dejamos 2 artículos de nuestro blog donde esta cuestión queda explicada con profundidad y que presuponemos serán también de tu interés:

¿TE PUEDEN OBLIGAR A VENDER UN PROINDIVISO?

¿ME PUEDEN OBLIGAR A VENDER MI PARTE DE LA CASA?

Por ello, si cuando recibe el burofax, la parte contraria da con el abogado adecuado, es probable que este le asesore para que no deje pasar el tiempo en relación a la resolución del problema, siendo consciente de las pocas opciones que tendrá su cliente si llegado el momento tiene que proceder a presentar la contestación a la demanda interpuesta por la parte contraria.

A modo de ejemplo, y poniéndonos en el lado contrario de la historia de los hermanos Atienza, cuando alguna vez un cliente ha contactado con nuestro equipo contándonos la recepción de un burofax que versaba sobre este tema, nuestra recomendación prioritaria ha sido siempre llegar cuanto antes a un acuerdo con la parte contraria.



NO DEJAR PASAR EL TIEMPO MÁS DE LO DEBIDO

Lejos de parecer una cuestión baladí, un aspecto que suele contribuir a una rápida resolución de un conflicto en relación a un bien inmueble en proindiviso es el momento en el que enviamos el primer burofax tras la discusión con la parte contraria.

Desde un punto de vista estrictamente personal, los problemas para la venta de una vivienda en situación de copropiedad no aparecen de la noche a la mañana, si bien como es de lógica cada caso es diferente y dependerá de diversos factores que deberemos tener siempre en cuenta.

No obstante, siempre suele existir una discusión que hace que todo finalmente explote, siendo el punto a partir del cual ya no hay retorno y en el que nos damos cuenta que, de una u otra forma, ya será imposible llegar a un acuerdo con la parte contraria, siendo necesario contratar a un abogado que nos ayude en la resolución de nuestro supuesto de hecho.

Si con el conflicto todavía en caliente (discúlpanos por la informalidad de la expresión) se hace una primera comunicación con la parte contraria, es probable que esta persona entienda que las peleas anteriores ya han pasado a colocarse en otro plano más complicado, asesorándose con un abogado que le explique las consecuencias económicas anteriormente citadas.

No obstante, si tras la discusión principal dejamos pasar el tiempo y esperamos a que el conflicto se enfríe, es probable que cuando la parte contraria reciba el burofax crea que no es algo tan relevante, esperando a la llegada de la demanda para valorar qué opciones legales tiene para enfrentarse al problema del que en ese momento es parte implicada junto al resto de copropietarios.


NO ENTENDER LA DEMANDA COMO SINÓNIMO DE IR A JUICIO

Cuando derecho y familia se entrelazan en un mismo supuesto de hecho, es normal sentir miedo frente a la interposición de una demanda que irá contra una persona que forma parte de nuestro núcleo familiar más cercano.

Y si bien deberemos analizar siempre las circunstancias que rodean cada caso en particular, con carácter general es importante no entender la demanda como sinónimo de ir a juicio, sino también como una herramienta para forzar la venta del bien inmueble del que en la actualidad somos copropietarios y lograr así la consecución de nuestros intereses personales.


La condena en costas hacia la parte contraria en un procedimiento de acción de división de la cosa común puede alcanzar cifras económicas bastante elevadas, ya que la cuantía del procedimiento es establecida en función del valor de la vivienda.



Por ello, si bien con la demanda interpuesta es necesario proceder a su contestación en el plazo de tiempo estipulado por ley, también es frecuente que, tras presentar el escrito, el abogado de la parte contraria llame para llegar a un acuerdo satisfactorio para ambos y evitar en la medida de lo posible que el asunto sea dirimido ante los Tribunales de Justicia.

En nuestro despacho de abogados la divulgación jurídica fue el punto de partida que en su momento impulsó al equipo para el desarrollo de su web corporativa, intentado acercarte a través de este espacio la información que pudieras necesitar cuando te ves inmerso en un problema relacionado con las diversas áreas de práctica dentro de las cuales ejercemos nuestra profesión en la actualidad.

No obstante, el respeto a la privacidad de la cartera de clientes de GJ Defensa Legal es también otro pilar fundamental de la política corporativa del despacho, modificando cualquier dato que permitiese identificar a las partes implicadas del supuesto de hecho que anteriormente acabas de leer.

En caso de considerar que tu situación se asemeja a este caso extraído de nuestra trayectoria profesional y que nuestro equipo podría ayudarte en su resolución, no dudes en rellenar el siguiente formulario de contacto.

Un profesional del despacho estará encantado de ayudarte con la profesionalidad y cercanía que desde hace años avalan nuestra trayectoria legal dentro de las áreas de práctica en las que operamos.